Aviso: El beneficiario debe tener un pasaporte válido y vigente. Las extensiones certificadas de la validez del pasaporte sirven para cumplir con este requisito. Si la validez del pasaporte de un beneficiario ha sido extendida, la fecha de vencimiento de la extensión debe reflejarse como la fecha de vencimiento del pasaporte. El Servicio de Aduanas y Protección Fronteriza de Estados Unidos (CBP) no autorizará el viaje si el pasaporte del beneficiario o la extensión está vencido.
De acuerdo con el decreto del 21 de mayo de 2019 de la Asamblea Nacional, ciertos pasaportes venezolanos vencidos siguen siendo válidos. Un pasaporte venezolano:
- Emitido antes del 7 de junio de 2019 (incluso si venció antes de esta fecha), sin una extensión (prórroga) de pasaporte, se considera válido y vigente por cinco años después de la fecha de vencimiento impresa en el pasaporte.
- Emitido a partir del 7 de junio de 2019 sin una prórroga no se considera válido más allá de la fecha de vencimiento impresa en el pasaporte.
- Independientemente de la fecha de emisión del pasaporte, con una prórroga emitida antes del 7 de junio de 2019, un pasaporte se considera válido y vigente por cinco años después de la fecha de vencimiento de la prórroga.
- Independientemente de la fecha de emisión del pasaporte, con una prórroga emitida a partir del 7 de junio de 2019, un pasaporte se considera válido y vigente hasta la fecha de vencimiento de la prórroga.
Si el beneficiario ha sido autorizado a viajar a Estados Unidos, será responsable de organizar y financiar su propio viaje. Los beneficiarios deben hacer arreglos para volar a Estados Unidos por aire directamente a un puerto de entrada interior y a su destino final.
Para más información: https://www.uscis.gov/es/venezuela